El pasado viernes 16 de enero 2009, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó la pregunta que se votará en el referendo de la enmienda el próximo 15 de febrero:
TABLA COMPARATIVA DE LOS ÁRTICULOS A ENMENDAR
Se coloca en rojo el texto que será removido de los artículos si la enmienda es aprobada.
"¿Aprueba usted la Enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución de la República, tramitada por la Asamblea Nacional, que amplía los derechos políticos del pueblo, con el fin de permitir que cualquier ciudadano o ciudadana en ejercicio de un cargo de elección popular, pueda ser sujeto de postulación como candidato o candidata para el mismo cargo, por el tiempo establecido constitucionalmente, dependiendo su posible elección, exclusivamente, del voto popular?"
Algunas personas afirman que la pregunta es complicada, pero es mucho más sencilla de lo que parece: Básicamente se le está preguntando al país si está de acuerdo en que el Presidente, los Gobernadores, Alcaldes o Diputados puedan postularse para una nueva reelección, y que el pueblo sea quien decida si el funcionario es reelegido o no, sin impedimento alguno.
Actualmente, la Constitución les pone un impedimento: los funcionarios sólo pueden ejercer sus cargos por dos períodos consecutivos. Un mandatario que haya hecho bien su trabajo no puede ser reelegido por tercera vez, aún si el pueblo quisiera que repitiera en su puesto.
Ese impedimiento será eliminado si aprobamos la enmienda.
Si se aprueba la enmienda, la reelección de un funcionario dependerá "exclusivamente del voto popular". Se estará quitando de la Constitución una restricción, por lo que la enmienda, de ser aprobada, "ampliará los derechos políticos del pueblo".
Los ciudadanos no perderán ningún derecho. El funcionario que quiera reelegirse tendrá que presentarse a elecciones con muchos otros contendientes, y el pueblo no perderá el derecho de revocarle el mandato a mitad de período si considera que está haciendo un mal trabajo.
Asamblea Nacional / YVKE Mundial
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